El Ministerio de Trabajo a través del Comunicado N.º 026/21 de 17 de junio de 2021 establece algunos lineamientos que deben considerar las empresas públicas y privadas de reciente constitución respecto a la presentación del Formulario Digital de Registro de Protocolos de Bioseguridad:
1. En cumplimiento a la Resolución Ministerial N.º 320/21 de 31 de marzo de 2021, todas las empresas que se constituyan de forma posterior al 31 de mayo de 2021 y que tengan mínimamente un trabajador dependiente, podrán presentar el Formulario Digital de Registro de Protocolos de Bioseguridad siendo que se encuentran habilitadas para:
a.Empresas recién establecidas
b.Empresas reaperturadas
c.Nuevos proyectos de construcción
2. En ese sentido, aquellas empresas que cuenten estas condiciones deben presentar toda la documentación de respaldo, exigida en el formulario digital habilitado en la página web del Ministerio de Trabajo: https://www.mintrabajo.gob.bo > Protocolos de Bioseguridad < Formulario Digital de Registro de Protocolo de Bioseguridad.
3. Para la elaboración y presentación del Protocolo de Bioseguridad se deberá cumplir con los requisitos que establece la Resolución Ministerial N.º 320/21 de 31 de marzo de 2021 y su Reglamento de elaboración y presentación de Protocolos de Bioseguridad acorde a las características propias de cada empresa.
4. Para la elaboración de los protocolos, los empleadores pueden requerir los servicios de los profesionales registrados en la página web: https://.mintrabajo.gob.bo >Protocolos de Bioseguridad < Profesionales SYSO.
Se adjunta a la presente alerta: i) la Resolución Ministerial N°320/21; ii) el Reglamento de Elaboración y Presentación de Protocolos de Bioseguridad y iii) el Comunicado N°026/21.
Adjuntamos el Comunicado N°026/21.
Comunicado sobre presentación de protocolos de bioseguridad para empresas nuevas.