Considerando que nuestro país viene atravesando un nuevo rebrote de contagios de COVID-19 por la cuarta ola de la pandemia, el Gobierno Nacional a través de Decreto Supremo N° 4640 de 22 de diciembre de 2021, modificó el paquete de decretos supremos que fueron publicados en atención a la emergencia sanitaria por el COVID19, entre los que se encuentran los Decretos Supremos N° 4451, 4466, 4480, 4497, 4527 y 4577. Entre las modificaciones establecidas, se tienen las siguientes :
Se amplían hasta el 30 de junio de 2022 y de acuerdo con la evolución epidemiológica del COVID-19, las medidas y acciones orientadas a la contención y prevención de este virus. Asimismo, el Decreto Supremo N° 4640 y las modificaciones establecidas en el mismo, entran en vigor a partir del 1° de enero de 2022
Se confirmaron y complementaron las medidas de bioseguridad que se deben aplicar, de acuerdo con el siguiente detalle:
Con el inicio de las campañas de vacunación a nivel a nacional, una de las principales dudas de las empresas privadas fue la posibilidad de exigir a su personal acceder a la vacunación para poder realizar trabajo presencial.
El Gobierno Nacional no se pronunció respecto a poder obligar a las personas a vacunarse y manejó un discurso cauto de que la vacunación es una decisión voluntaria y no así una obligación de las personas.
En este sentido, si bien el Decreto Supremo N° 4640 de 22 de diciembre de 2021 no obliga a las personas a vacunarse, aclara que aquellas que quieran ingresar a los establecimientos privados, públicos y otros, tienen la alternativa de: i) presentar su carnet de vacunación; o ii) presentar la prueba RT-PCR negativa emitida hasta 48 horas antes de su ingreso.
De esta forma, las empresas están obligadas a exigir cualquiera de estos documentos a quienes ingresen a sus establecimientos, sean estos trabajadores, clientes, proveedores u otras terceras personas, por lo que es recomendable que:
a) Restrinjan el ingreso de personas que no cuenten con certificados de vacunación o con la prueba RT-PCR negativa, con el objeto de: i) cumplir las medidas dispuestas por el gobierno para la prevención y contención del COVID-19; y ii) evitar posibles sanciones por el incumplimiento del Decreto Supremo N° 4640.
b) En base al Decreto Supremo N° 4640, definir con los profesionales con los que elaboraron los protocolos de bioseguridad que se deben implementar en cada empresa, la factibilidad y necesidad de adecuar estos documentos incluyendo lo dispuesto por el Gobierno respecto a exigir certificados de vacunación o la prueba RT-PCR negativa para ingresar a los establecimientos laborales.
c) Emitan un comunicado a todo su personal, en el cual les informen que a partir del 1° de enero de 2022 y en estricto cumplimiento del Decreto Supremo N° 4640, para ingresar a los establecimientos laborales deberán presentar los certificados de vacunación o la prueba RT-PCR negativa emitida hasta 48 horas antes de su ingreso.
Se adjunta a la presente alerta, el Decreto Supremo N° 4640 de 22 de diciembre de 2021.
nuevas medidas de bioseguridad para la prevención y contención del covid-19