Alerta Corporativa

ACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA DE COMERCIO PARA SOCIEDADES COMERCIALES CON CIERRE FISCAL AL 31 DE DICIEMBRE

Conforme a lo dispuesto por el Código de Comercio y regulaciones conexas, las sociedades comerciales, se encuentran en el deber de actualizar anualmente la vigencia de su matrícula de comercio por un nuevo periodo para evitar ser depuradas del registro comercial y, en consecuencia, inhabilitadas para el ejercicio comercial de sus actividades.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SEPREC No. 020/2022 que aprueba el cronograma anual de las fechas de renovación de matrículas, aquellas sociedades comerciales dedicadas a actividades bancarias, de seguros, comerciales, de servicios y otras cuyo cierre fiscal corresponda al 31 de diciembre de cada gestión, estarán obligadas a actualizar su matrícula de la forma señalada en el recuadro a continuación:

Para el efecto, las sociedades comerciales con cierre fiscal al 31 de diciembre deberán presentar ante el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio – SEPREC la siguiente documentación para proceder con la actualización de matrícula por esta gestión:

  • Formulario web de Solicitud de Actualización con carácter de declaración jurada debidamente llenado y aprobado.
  • Requerimiento de información en línea sobre el Personal Dependiente y Actividades desarrolladas debidamente llenado.
  • Balance y Estado de Resultados al cierre del ejercicio con la correspondiente constancia de presentación al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) en formato PDF no editable. Para acreditar la constancia se puede presentar el Formulario 500 o el Formulario 605.

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Conforme a lo dispuesto por el Código de Comercio y regulaciones conexas, las sociedades comerciales, se encuentran en el deber de actualizar anualmente la vigencia de su matrícula de comercio por un nuevo periodo para evitar ser depuradas del registro comercial y, en consecuencia, inhabilitadas para el ejercicio comercial de sus actividades.

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