El Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia ha promulgado el Decreto Supremo No. 4861/2023 del 11 de enero de 2023, por el cual se dispone la implementación de cédulas de identidad y licencias de conducir digitales.
Del mismo modo, el 23 de febrero de 2023, el Gobierno Nacional lanzó la aplicación “Estado Digital ED-7” por él cual se podrá solicitar y portar cédulas de identidad y licencias de conducir en formato digital desde un teléfono o dispositivo inteligente.
En este sentido, esta disposición con el fin de reforzar la seguridad y contenido de los datos que respaldan la emisión de documentos emitidos por el Servicio General de Identificación Personal – SEGIP, además de brindar a la población medios digitales para presentar cédulas de identidad y licencias de conducir digitales, contiene las siguientes disposiciones relevantes:
1.Información: Determina la información y contenido del Registro Único de Identificación (RUI) y la cédula de identidad.
2.Cédula de identidad digital: Se implementa la Cédula de Identidad en formato digital como extensión de la Cédula de Identidad en formato físico, que a través de su exhibición acredita la identificación del titular, siendo válida en toda Bolivia. Será obtenida de manera voluntaria a partir de los dieciocho años.
La Cédula de Identidad en formato digital, solo podrá ser exhibida desde la aplicación móvil «Estado Digital ED-7», la cual será administrada por el SEGIP. El titular podrá exhibir en forma alternativa la Cédula de Identidad en formato físico o digital.
1.Vigencia:
a.La Cédula de Identidad en formato físico tendrá una vigencia de cinco años, a partir de su emisión y/o actualización de datos.
b.La Cédula de Identidad en formato digital tendrá una vigencia de dos años, a partir de su habilitación.
c.Concluida la vigencia de la Cédula de Identidad se considerará vencida y caduca para todo efecto legal, debiendo procederse a su renovación.
d.La Cédula de Identidad, en ambos formatos, tendrá vigencia indefinida para personas a partir de los cincuenta y ocho y personas con discapacidad grave y muy grave.
1.Licencia de Conducir Digital: Se implementa la Licencia para Conducir en formato digital, como una extensión de la Licencia para Conducir en formato físico. La obtención de la Licencia para Conducir en formato digital será voluntaria y solo se otorgará a las personas que previamente cuenten con la Licencia para Conducir en formato físico.
Las condiciones de desarrollo técnico y medidas de seguridad de la Licencia para Conducir en formato digital se encuentran pendientes de ser reglamentadas por el SEGIP.
La Licencia para Conducir en formato digital tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de su emisión.
La Licencia para Conducir en formato digital, solo podrá ser exhibida desde la aplicación móvil «Estado Digital ED-7», administrada por el SEGIP, la cual deberá contar con medidas de seguridad para preservar su validez.
1.Reglamentación Pendiente: EL SEGIP hasta el 12 de marzo de 2023, deberá emitir la reglamentación especifica del D.S No. 4861/2023 con el fin de determinar los parámetros de la aplicación móvil «Estado Digital ED-7».
implementación de cédulas de identidad y licencias de conducir digitales