Alerta Corporativa

VENCIMIENTO DE PLAZO PARA ADECUACIÓN DE DERECHOS MINEROS

La ley No. 535 de Minería y Metalurgia, en concordancia con la Constitución Política del Estado, reconoce y respeta los derechos mineros preconstituidos, así como las Autorizaciones Transitorias Especiales – ATE’s que fuesen otorgados con anterioridad a la ley de minería actual. Para lo cual, los titulares deberán adecuar sus derechos al nuevo régimen minero, bajo alternativa de reversión y liberación de áreas en caso de no hacerlo de forma oportuna conforme a ley.

El 4 de mayo de 2021 el Ministerio de Minería y Metalurgia emitió la Resolución Ministerial No. 97/2021, la cual realiza modificaciones sobre los plazos de adecuación establecidos en el Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros aprobado mediante Resolución Ministerial No. 294/2016 del 5 de diciembre de 2016 y posteriores resoluciones modificatorias, disponiendo que:

  • Se habilite un plazo de seis (6) meses computables a partir del 5 de mayo de 2021 para que los titulares de derechos mineros sujetos a adecuación presenten sus solicitudes de adecuación correspondientes.
  •  
  • Se habilite un plazo complementario de seis (6) meses computables a partir del 5 de mayo de 2021 para subsanar requisitos de solicitudes observadas y continuar con aquellas que fueron subsanadas fuera de plazo

Tomando en cuenta lo anterior, los titulares de derechos mineros  sujetos a adecuación deben considerar lo siguiente:

  • Los titulares que aún no hayan iniciado sus procesos de adecuación deberán presentar sus solicitudes de adecuación hasta máximo el 5 de noviembre de 2021.
  • De igual forma, los titulares cuyos trámites se encuentren observados tendrán un plazo complementario hasta máximo el 5 de noviembre de 2021 para subsanarlos.

Es importante señalar que a la conclusión de los plazos habilitados, la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM revertirá y liberará las áreas mineras cuyos titulares no iniciaron el proceso de adecuación correspondiente o no los continuaron dentro de los nuevos plazos otorgados. Para ello, la AJAM remitirá la información pertinente al Ministerio de Minería y Metalurgia para efectivizar la liberación de áreas a fin de evitar la existencia de actividades mineras ilegales en ellas.

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Vencimiento de plazo para adecuación de derechos mineros

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