El Estado Boliviano con el fin de incrementar la producción nacional de hidrocarburos a través de YPFB o de terceros mediante Contratos de Servicios Petroleros (“CSP”) ha emitido el Decreto Supremo 4667 de fecha 10 de febrero de 2022 (“D.S. 4667”), el cual tiene por objeto lo siguiente:
Para la aplicación del D.S. 4667, se ha modificado el D.S. 29130 de 13 de mayo de 2007, su Reglamento y su Anexo, de acuerdo con lo siguiente:
Se modifica completamente el artículo 5 del D.S. 29130 para que el Ministerio de Hidrocarburos y Energías, mediante resolución ministerial, establezca un procedimiento para la selección de empresas y la posterior suscripción de los CSP para la realización de actividades de exploración y/o explotación de hidrocarburos en áreas reservadas. Este artículo, antes de su modificación,
El Estado Boliviano con el fin de incrementar la producción nacional de hidrocarburos a través de YPFB o de terceros mediante Contratos de Servicios Petroleros (“CSP”) ha emitido el Decreto Supremo 4667 de fecha 10 de febrero de 2022 (“D.S. 4667”).