Alerta Tributaria

BOLIVIA TRABAJA EN UNA PROPUESTA PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (Proyecto de Ley N° 256-21)

Recientemente, el Gobierno Boliviano presentó a la Asamblea Legislativa Plurinacional, el Proyecto de Ley (PL) N° 256-21, que promueve la reconstrucción económica, a través de modificaciones normativas de alcance tributario tendientes a facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

En la exposición de motivos del PL, se menciona que actualmente existe una mora tributaria y que las elevadas sanciones imposibilitan la regularización del pago de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Asimismo, la exposición de motivos del PL hace referencia al trato tributario inequitativo existente actualmente, entre las personas naturales que perciben ingresos como dependientes, respecto las que trabajan como profesionales independientes.

Por otra parte, la exposición de motivos del PL hace referencia a la situación tributaria incierta que afecta a las personas naturales extranjeras que llegan a Bolivia a generar recursos temporalmente y con fines laborales.

El PL propone realizar cambios en las principales normas que regulan el Sistema Tributario Boliviano, que son: la Ley 2492 “Código Tributario” y la Ley 843 “Reforma Tributaria”, alcanzando los siguientes aspectos:

–  Reducción de sanciones por omisión de pago del 100% al 60% y modificaciones a la figura del arrepentimiento eficaz.

–  Cambios en la tributación de las personas naturales que generen ingresos como profesionales independientes y regulación de las rentas generadas en Bolivia por personas naturales extranjeras, salvo para deportistas o artistas.

–  Ampliación del plazo para la continuidad de las condiciones para facilidades de pago incumplidas.

A continuación, se describen las propuestas de modificaciones y cambios, comparadas con la normativa vigente:

 

 

Comentarios:

El Proyecto de Ley 256 -21 ha sido recientemente presentado a la Asamblea Legislativa, lo que significa que se encuentra en tratamiento y que de momento, en tanto no sean aprobadas por la Asamblea, sus disposiciones no se encuentran vigentes, no obstante, nuestras reflexiones preliminares son las siguientes:

  1. Si bien, la sanción por omisión de pago dispuesta en el artículo 165 de la Ley 2492, sería reducida del 100% al 60%, esta última será calculada con base en el tributo omitido actualizado, y no únicamente con base en el tributo omitido determinado.
  2. De acuerdo con la aplicación retroactiva de normas más benignas, las multas por omisión de pago determinadas y pendientes de cumplimiento gozarían de una reducción al 60% conforme a la modificación del artículo 165 de la Ley N° 2492. 
  3. La otorgación de beneficios a planes de facilidades de pagos incumplidas, podrán ser adoptadas también por los gobiernos Departamentales y Municipales, previa emisión de normativa específica de acuerdo con sus competencias.
  4. Con relación al cambio del tratamiento tributario de las personas naturales que perciben ingresos como profesionales independientes, será necesario esperar la reglamentación que emita la Administración Tributaria con la finalidad de confirmar la categoría que corresponderá a estos contribuyentes y si los ingresos dejarán de estar alcanzados por el Impuesto a las Transacciones.

Alerta Tributaria

El Gobierno Boliviano presentó a la Asamblea Legislativa Plurinacional, el Proyecto de Ley (PL) N° 256-21, que promueve la reconstrucción económica, a través de modificaciones normativas de alcance tributario tendientes a facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

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