Boletín Tributario Julio 2026

El Boletín Tributario de PPO Indacochea, es un documento de periodicidad mensual, que recopila la normativa y las noticias más relevantes en materia de impuestos y aduanas de Bolivia, cuyo objeto es brindar a los clientes y amigos de PPO un panorama de actualidad en un formato interactivo y de lectura amigable.

I. NOVEDADES DE ALTO IMPACTO

1. Flexibilización del Tipo de Cambio. Resolución Ministerial 245, de 26 de junio de 2026; y Nuevo Reglamento de Operaciones Cambiarias, Resolución de Directorio BCB 88/2026 de 26 de junio de 2026.

La Resolución Ministerial 245 y la Resolución de Directorio del BCB 88/2026 establecieron la transición de Bolivia hacia un régimen de tipo de cambio flexible entre el boliviano y el dólar estadounidense. Este cambio implica dejar atrás el esquema fijo de cotización oficial de venta de Bs 6,96 por dólar estadounidense, vigente desde 2011, que funcionaba como referencia para las operaciones en moneda extranjera.

En particular, destacamos los siguientes aspectos:

  • El BCB calculará y publicará diariamente el Tipo de Cambio Oficial, con base en las operaciones de compra de dólares realizadas por las entidades financieras.
  • El Tipo de Cambio Oficial publicado será aplicable a las operaciones del día hábil siguiente, por lo que las empresas deberán identificar la cotización vigente en la página web del BCB al momento de facturar, cobrar, pagar, importar, registrar operaciones o cerrar sus estados financieros.
  • La variación diaria del tipo de cambio oficial puede incidir en la valoración en bolivianos de operaciones, activos y pasivos denominados en dólares, generando diferencias de cambio con impacto en los resultados contables.
  • En materia tributaria, el nuevo régimen puede afectar la determinación del IVA y del IT en operaciones pactadas en moneda extranjera, así como la determinación del IUE cuando existan ganancias o pérdidas por reexpresiones cambiarias.

La flexibilización cambiaria introduce un cambio relevante en la gestión financiera, contable y tributaria de las empresas, por lo que recomendamos revisar los criterios de facturación, cobro, pago, registro contable, contratos, operaciones de importación y la determinación de tributos vinculados a operaciones en moneda extranjera.

2. Modificación del Sistema de Facturación para operaciones en moneda extranjera. Servicio de Impuestos Nacionales RND No. 102600000026, de 15 de julio de 2026.

La RND 102600000026 adecúa el Sistema de Facturación al nuevo régimen cambiario, disponiendo que las operaciones en moneda extranjera deberán registrar el TCO vigente a la fecha de la transacción, conforme a la publicación oficial diaria del BCB. Asimismo, mantiene la posibilidad de consignar importes en bolivianos y/o moneda extranjera en facturas emitidas en zonas francas y facturas prevaloradas por embarque de vuelos internacionales; mientras que, para las facturas comerciales de exportación, dicha consignación pasa a ser obligatoria.

3. Reducción del gravamen arancelario en un 5% para la importación de mercancías y modificación del cálculo de la base imponible. Aduana Nacional de Bolivia. Decreto Supremo 5646, de 29 de junio de 2026.

El Decreto Supremo 5646 reduce, hasta el 31 de diciembre de 2027, las alícuotas del GA aplicables a la importación de mercancías de todo el universo arancelario. En términos prácticos, la medida reduce en cinco puntos porcentuales las alícuotas vigentes, por ejemplo, de 10% a 5% y de 5% a 0%.

En el marco del nuevo esquema de tipo de cambio flexible, la Aduana Nacional adecuó el llenado de las declaraciones de mercancías para aplicar el nuevo Tipo de Cambio Oficial publicado por el BCB en la conversión de valores a moneda nacional, reemplazando la referencia previa de Bs 6,96 por dólar.

4. Autorización excepcional para la importación de productos derivados del petróleo. Decreto Supremo 5644, de 29 de junio de 2026.

El Decreto Supremo autoriza, de manera excepcional, a personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, a importar productos derivados del petróleo para su consumo propio y/o para su comercialización en el mercado interno. La medida habilita la participación del sector privado en la provisión de combustibles y otros derivados, bajo reglas de autorización, control, diferenciación, trazabilidad y fiscalización.

Asimismo, incorpora incentivos tributarios temporales, incluyendo una alícuota del IEHD de Bs 0,00 por litro hasta 2030 y el diferimiento del GA al 0% para determinadas gasolinas hasta el 31 de diciembre de 2026. El incumplimiento de las condiciones previstas podrá dar lugar a sanciones económicas y a la revocación de licencias.

5. Uso de fondos retenidos para facilidades de pago. Servicio de Impuestos Nacionales. RND 102600000022, de 29 de junio de 2026.

La RND 102600000022 permite que los contribuyentes con fondos retenidos como medida coactiva soliciten al SIN la imputación de dichos montos al pago inicial y/o a la garantía en efectivo requerida para acceder a una facilidad de pago. La medida resulta relevante porque permite utilizar recursos ya inmovilizados por la Administración Tributaria para viabilizar la regularización de deudas fiscales.

La aplicación del mecanismo no es automática. El contribuyente deberá presentar una nota ante la Gerencia Distrital o la Gerencia GRACO correspondiente, que deberá aceptar o rechazar la solicitud dentro del plazo de dos días hábiles. Si la solicitud es aceptada, el contribuyente deberá proporcionar el número de facilidad de pago generado en la Oficina Virtual Tributaria y la imputación deberá realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles.

6. Proyecto de Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado. PL 425/25.

El Proyecto de Ley tiene por objeto modificar el Presupuesto General del Estado 2026 e incorporar medidas orientadas a atender la coyuntura económica, a incentivar la inversión y a promover la producción nacional. La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados y está pendiente de tratamiento en la Cámara de Senadores.

Desde la perspectiva del sector privado, la medida tributaria más relevante es la exención del GA y del IVA por un plazo de cinco años para la importación y la comercialización interna de insumos, semillas, material genético, drones, herramientas, maquinaria, equipos, bienes de capital y plantas industriales destinados a los sectores agropecuario, industrial, de la construcción, de los transportes y de la minería. La medida aún no se encuentra vigente, por lo que su aplicación dependerá de su aprobación por la Cámara de Senadores, de la posterior sanción, promulgación y publicación oficial.

II. SEGUIMIENTO Y CONTROL

Proyecto de Ley para la Creación de la Zona Económica Especial de la Región Autónoma del Gran Chaco. PL 190/25.

El PL propone la creación de una Zona Económica Especial en la Región Autónoma del Gran Chaco (Yacuiba, Caraparí y Villa Montes), con el objetivo de atraer inversión privada y promover el desarrollo industrial mediante un régimen de incentivos que incluye, entre otros, la exención del IUE por diez años condicionada a la reinversión del 50% de las utilidades, beneficios aduaneros para la importación de maquinaria e insumos, exenciones tributarias para determinadas operaciones dentro de la ZEE y la implementación de procedimientos administrativos simplificados.

III. OTRAS NOVEDADES TRIBUTARIAS

1. Regulación del procedimiento para la atención de consultas tributarias. Servicio de Impuestos Nacionales. RND 102600000021, de 10 de junio de 2026.

La RND 102600000021 establece los requisitos y el procedimiento para la atención de consultas tributarias formuladas ante el SIN sobre la aplicación y el alcance de las normas tributarias respecto de hechos, actos u operaciones concretos. La consulta podrá tener efecto vinculante para la Administración Tributaria únicamente respecto del consultante y del caso específico planteado, siempre que no se modifiquen los hechos, los antecedentes, la legislación o la jurisprudencia aplicables.

La norma delimita las condiciones de admisión, exige que la consulta tenga carácter preventivo o interpretativo y excluye situaciones que ya se encuentren en fiscalización, en impugnación o dentro del plazo para activar los medios de defensa. El SIN deberá pronunciarse sobre la admisión en un plazo de diez días y emitir respuesta en un plazo de treinta días, ambos plazos prorrogables por otros treinta días. La falta de respuesta no implica la aceptación del criterio del contribuyente, por lo que las consultas deberán estructurarse con precisión técnica y con respaldo suficiente.

IV. MONITOR DE PERDONAZOS TRIBUTARIOS VIGENTES

Las regularizaciones de adeudos tributarios (perdonazos tributarios) en la gestión fiscal y tributaria constituyen un mecanismo importante para reducir la mora tributaria, regularizar las deudas fiscales y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes. Por esta razón, desde PPO Indacochea monitoreamos los perdonazos vigentes a nivel departamental y municipal. Para esta versión, identificamos 4 perdonazos vigentes en los municipios de La Paz, Cochabamba, Sucre y Quillacollo.

V. ACTIVIDAD INSTITUCIONAL

El equipo tributario de PPO Indacochea mantiene una participación activa en espacios de análisis, debate y difusión del conocimiento, mediante su intervención en foros, webinars, medios especializados, publicaciones académicas y eventos institucionales, tanto a nivel nacional como internacional. Estas actividades reflejan el compromiso de PPO Indacochea con el desarrollo técnico del derecho tributario, la integración regional y el aporte al análisis de temas relevantes para los contribuyentes.

Durante el mes de junio de 2026, nuestros profesionales participaron en los siguientes eventos:

  • Fabricio Argandoña publicó el artículo «Bolivia y el Common Reporting Standard (CRS): Evaluación del marco normativo para su implementación», en el marco de las actividades académicas de Derecho Financiero y Tributario de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UPSA, con el apoyo del Centro de Investigaciones Sociales y Jurídicas (CISJ-UPSA) y el Instituto de Investigación Jurídica (IJJ Jurídica). La publicación analiza la posición de Bolivia ante una eventual implementación del CRS y los desafíos del marco normativo boliviano en materia de transparencia fiscal e intercambio automático de información. Ver publicación en LinkedIn.
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