Conforme a lo dispuesto por la ley No. 535 de Minería y Metalurgia, los titulares de derechos mineros reconocidos u otorgados mediante Licencias de Prospección y Exploración, Contratos Administrativos Mineros nuevos o por adecuación, entre otros tipos de autorizaciones mineras, se encuentran obligados a realizar el pago correspondiente por Patentes Mineras de manera adelantada a la gestión en curso, bajo alternativa de perder sus derechos mineros en caso de incumplimiento.