I. NOVEDADES TRIBUTARIAS
1. Gobierno Central
1.1. Reducción del Gravamen Arancelario para la importación de trigo y harina de trigo. Decreto Supremo No. 5195, de 14 de agosto de 2024.
Reduce el GA para importar trigo y harina de trigo hasta el 31 de diciembre de 2024, para disminuir los costos de importación y estabilizar los precios internos.
1.2. Adecuación del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado – RC-IVA y del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, a las cooperativas de servicios de transporte. Decreto Supremo No. 5196, de 14 de agosto de 2024.
Adecúa la aplicación del RC-IVA y el IUE a las cooperativas de servicios de transporte, estableciendo obligaciones sobre el pago de sus asociados y la posibilidad de deducir como gasto operativo ciertos elementos relacionados con esa actividad.
1.3. Incentivos para la Producción de Biodiésel. Decreto Supremo No. 5197, de 14 de agosto de 2024.
Establece incentivos para la producción de biodiésel en Bolivia, con el objetivo de reducir las importaciones de Diésel Oíl. Entre los incentivos, se incluye la exención del IVA para quienes implementen plantas de producción y la reducción al 0 % del Gravamen Arancelario para importar maquinaria específica hasta el 31 de diciembre de 2024; pero también se debe destinar toda la producción a YPFB.
1.4. Obligación para las empresas, de identificar al Beneficiario Final. Decreto Supremo No. 5200, de 14 de agosto de 2024.
Establece la obligación para todas las sociedades comerciales en Bolivia de identificar y reportar al SEPREC a sus beneficiarios finales, incluyendo a las partes involucradas en fideicomisos. La información recopilada será accesible a las autoridades competentes, como el SIN, para fiscalizar impuestos como el IGF y los precios de transferencia entre empresas vinculadas, por ejemplo. El incumplimiento a esta obligación será sancionado por la AEMP.
1.5. Reducción del Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) para la importación de materias primas destinadas a la producción de medicamentos. Decreto Supremo No. 5210, de 29 de agosto de 2024.
Reduce el GA a 0% para la importación materias primas destinadas a la producción de medicamentos, hasta el 31 de diciembre de 2024.
1.6. Adopción de una Ventanilla Única de Comercio Exterior. Decreto Supremo No. 5211, de 28 de agosto de 2024.
Establece la adopción de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), una plataforma electrónica centralizada que busca simplificar, modernizar y estandarizar todos los trámites relacionados con operaciones de comercio exterior en Bolivia. La VUCE, administrada por la AN en coordinación con otras entidades públicas, tiene por objetivo permitir gestionar de manera ágil y transparente los requisitos legales, utilizando documentos electrónicos con plena validez legal. Su implementación será gradual, con un cronograma que debe completarse en un plazo máximo de 24 meses, eliminando la necesidad de trámites paralelos y asegurando la interoperabilidad de los sistemas informáticos de las entidades involucradas. Con esto se pretende reducir la complejidad y los costos operativos para las empresas dedicadas al comercio internacional.
1.7. Reducción del Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) para la importación de insecticidas, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación, reguladores del crecimiento de las plantas y maquinaria agrícola. Decreto Supremo No. 5212, de 29 de agosto de 2024.
Reduce el GA a 0% para la importación de insecticidas, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación, reguladores del crecimiento de las plantas y maquinaria agrícola, hasta el 31 de junio de 2024.
2. Servicio de Impuestos Nacionales
2.1. Procedimiento para aplicación del RC-IVA para cooperativas de servicios de transporte. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000020 de 21 de agosto de 2024.
Establece el procedimiento para el registro en el SIAT en Línea de asociados a Cooperativas de Servicios de Transporte que reciben ingresos por el factor trabajo. Determina los medios, formas y plazos para el reporte de pagos, liquidación del RC – IVA y retenciones. Establece lineamientos sobre gastos deducibles para el IUE.
II. NOVEDADES ADUANERAS
3. Aduana Nacional
3.1. Nuevo Reglamento de Cobranza Coactiva. Resolución de Directorio No. 01-077-24, de 09 de agosto de 2024.
El nuevo reglamento refuerza la presunción de validez de los Títulos de Ejecución Tributaria, define con mayor precisión el precio base en subastas, y otorga a las Gerencias Regionales la facultad de realizar avalúos periciales de mercancías y vehículos embargados. También introduce cambios en los roles de los funcionarios involucrados en subastas, separando las funciones del Martillero y el Notario de Gobierno, y ajusta los procedimientos para la disposición de bienes. Estos cambios buscan fortalecer la eficiencia y precisión en la gestión de la cobranza coactiva.
3.2. Reglamento para el Funcionamiento de las Unidades de Control Operativo Aduanero y Estratégico. Resolución de Directorio No. 01-078-24, de 09 de agosto de 2024.
El reglamento tiene como objetivo establecer los criterios y procedimientos que regirán las actuaciones de las Unidades de Control Operativo Aduanero (UCOA) y las Unidades de Control Operativo Estratégico (UCOE). Estas unidades son responsables de la vigilancia y control de mercancías en tránsito, la investigación y denuncia de actividades de contrabando, y el apoyo al control de divisas en puntos estratégicos del país.
3.3. Nuevo Reglamento para la Concesión de Servicios en Recintos Aduaneros. Resolución de Directorio No. 01-079-24, de 09 de agosto de 2024.
Establece modificaciones que simplifican y clarifican las obligaciones de los concesionarios y refuerzan el control por parte de la AN. Se elimina la necesidad de contratos modificatorios para la extensión de plazos, reduce requisitos operativos como sistemas de seguridad y seguros de caución, y otorga flexibilidad en el mantenimiento de la infraestructura. A cambio, se imponen nuevas obligaciones de reporte y programas de mejora continua. La AN, por su parte, fortalece su capacidad de supervisión y sanción, incluyendo la facultad de clausurar servicios no regulados y gestionar infracciones administrativas de manera más ágil.
3.4. Aplicación de multas considerando demoras en el abastecimiento de diésel. Minuta de Instrucción AN/PE/MI/2024/0228 de 08 de agosto de 2024.
La AN regula la conclusión de tránsito aduanero mediante mecanismos para justificar retrasos en el tránsito aduanero debido a problemas con el abastecimiento de diésel, con condiciones específicas para evitar sanciones.
III. MONITOR DE PERDONAZOS TRIBUTARIOS VIGENTES
Gobiernos Municipales
Las regularizaciones de adeudos tributarios (¨perdonazos tributarios¨) en la gestión fiscal y tributaria representan un mecanismo importante para reducir la mora tributaria, regularizar deudas fiscales y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Es por esta razón que desde PPO Abogados hemos identificado los beneficios o perdonazos municipales vigentes en cada municipio de Bolivia.