Boletín Informativo Enero 2025

El Boletín Tributario de PPO Abogados, es un documento de periodicidad mensual, que recopila la normativa y las noticias más relevantes en materia de impuestos y aduanas de Bolivia, cuyo objeto es brindar a los clientes y amigos de PPO un panorama de actualidad en un formato interactivo y de lectura amigable.

I. NOVEDADES TRIBUTARIAS

1. Gobierno Central

1.1. Actualización tributaria para la gestión de negocios en Bolivia en 2025. | Ley 1613 del PGE 2025 y Decretos reglamentarios, de enero de 2025.

La Ley 1613 del PGE 2025, junto con sus decretos reglamentarios, implementa y regula medidas tributarias que tendrán importantes impactos en la gestión tributaria de las empresas. Entre las más relevantes se encuentran la reducción de la retención (withholdingtax) del 12,5 % al 3% aplicable al retorno de la inversión extranjera, exenciones en el IVA para la importación de bienes de capital y de gasolina y diésel, renovación de tratamiento tributario aplicable a las ganancias de capital generadas en mercados bursátiles y de aplicación de la Alícuota Adicional para las entidades reguladas por ASFI y la APS, reanudación para las Facilidades de Pago incumplidas

2. Entidades Territoriales Autónomas

Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz
2.1. Ampliación del Perdonazo Tributario para Regularización de Deudas Tributarias Departamentales. Ley Autonómica Municipal GAMSCS No. 1752, de 16 de diciembre de 2024.

El Programa de Regularización de Adeudos Tributarios del Gobierno Municipal de Santa Cruz, estuvo vigente hasta el 23 de diciembre de 2024.

3. Servicio de Impuestos Nacionales

3.1. Prórroga para la Presentación y Pago del Formulario 608. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000032, de 12 de diciembre de 2024.

El Servicio de Impuestos Nacionales amplió el plazo para la presentación y pago del Formulario 608 y Planilla Tributaria hasta el 30 de diciembre de 2024, y hasta el 26 de diciembre de 2024 para el Formulario 110 de sujetos pasivos RC-IVA dependientes del periodo diciembre 2024.

3.2. Prórroga para la Presentación de Declaraciones Juradas y Pago de impuestos para Empresas Petroleras con Contratos de Operación Vigentes con YPFB. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000033, de 19 de diciembre de 2024.

El SIN extendió los vencimientos para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de impuestos de liquidación mensual de empresas petroleras con contratos de operación con YPFB, estableciendo fechas específicas para cada periodo fiscal de 2025, iniciando en febrero de 2025 y finalizando en enero de 2026.

3.3.  Actualización del Impuesto a la Salidas Aéreas al Exterior para la Gestión 2025. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000034, de 19 de diciembre de 2024.

El SIN actualizó el monto del ISAE a Bs. 393 para la gestión 2025. Este incremento representa un incremento de Bs. 16 respecto al valor de la gestión 2024.

3.4. Actualización de la Alícuota Máxima del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados para la Gestión 2025. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000035, de 19 de diciembre de 2024.

El SIN estableció para la gestión 2025, la alícuota máxima para el IEHD en Bs. 8,80. Esta medida representa un aumento del 4,15% respecto a la gestión 2024 y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025.

3.5. Actualización de los importes del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas para las Personas Naturales que Prestan Servicio Público de Transporte Interdepartamental de Pasajeros y Carga. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000036, de 19 de diciembre de 2024.

El SIN ha actualizado para la gestión 2025, los importes del IUE para personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga. Los importes que estarán vigentes desde el 1.1. 2025 son de Bs. 218 para pasajeros y entre Bs. 174 y Bs. 226 para carga.

3.6. Actualización de las Alícuotas Específicas del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) para la Gestión 2025. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000037, de 19 de diciembre de 2024.

El SIN ha actualizado para la gestión 2025, las alícuotas específicas para los productos alcanzados con el Impuesto a los Consumos Específicos aumentando la alícuota específica Bs/litro en un 2,65%.

3.7. Prórroga del Vencimiento para la Presentación de Declaraciones Juradas. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000038, de 23 de diciembre de 2024.

El SIN ha ampliado el plazo de presentación de declaraciones juradas para contribuyentes cuyos NITs terminan en el dígito 8 y 9, y para Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y Empresas Petroleras con Contratos de Operación vigentes.

3.8. Prórroga para la presentación y pago del Formulario 608. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000039, de 27 de diciembre de 2024.

El SIN ha ampliado el plazo para la presentación y pago de la Declaración Jurada Formulario 608 y la Planilla Tributaria del periodo noviembre de 2024, de acuerdo con la terminación del NIT.

3.9. Modificación a la Resolución Normativa de Directorio sobre la Presentación de Estados Financieros y de Información Tributaria Complementaria. Resolución Normativa de Directorio No. 102400000040, de 27 de diciembre de 2024.

Establece que los sujetos pasivos del IUE con obligación de llevar registros contables deben incluir el Balance de Comprobación de Sumas y Saldos al enviar digitalmente sus estados financieros o memoria anual e ITC. El formato estará disponible en el SIAT en Línea, y será aplicable a cierres de gestión a partir del 31 de diciembre de 2024, con posibilidad de envío desde el 17 de febrero de 2025.

II. NOVEDADES ADUANERAS

4. Aduana Nacional

4.1. Intercambio electrónico de datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros. Decisión No. 937, de 18 de diciembre de 2024.

La Comunidad Andina de Naciones (CAN) aprobó disposiciones relativas al intercambio electrónico de datos relacionados con la Declaración Aduanera de Mercancías entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros, determinando que se realizará a través de la infraestructura digital estandarizada y unificada de Interoperabilidad Comunitaria Andina – INTERCOM. Asimismo, deroga la Decisión 670 – Adopción del Documento Único Aduanero, sustituyendo términos en otras Decisiones relacionadas de la CAN.

5. Gobierno Central

5.1. Reglamento del Programa Operador Económico Autorizado. Resolución de Directorio No. 01-115-24, de 10 de diciembre de 2024.

El Decreto Supremo N° 5296 incorpora los Trigésimo Tercer y Trigésimo Cuarto Protocolos Adicionales al ACE N° 36, permitiendo la acumulación de origen con insumos de Colombia, Ecuador y Perú bajo reglas específicas y actualizando las condiciones del Programa de Liberación. A partir del 8 de agosto de 2028, los productos fabricados con insumos importados bajo el régimen de Drawback perderán los beneficios de este programa.

5.2. Gravamen Arancelario 0% para la importación de mercancías destinadas a la producción de Biodiésel. Decreto Supremo 5304.

El Decreto Supremo N° 5304 establece un Gravamen Arancelario de 0% para la importación de maquinaria clasificada en la subpartida 8479.82.00.10, destinada exclusivamente a la producción de biodiésel, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.

6. Aduana Nacional

6.1. Reglamento del Programa Operador Económico Autorizado. Resolución de Directorio No. 01-115-24, de 10 de diciembre de 2024.

La Aduana Nacional aprobó la Versión 3 del Reglamento del Programa OEA, introduciendo cambios en los requisitos, procesos de certificación y beneficios, como la renovación obligatoria de certificaciones cada 5 años, nuevos incentivos para operadores, y una herramienta de autoevaluación actualizada. La normativa previa queda sin efecto.

6.2. Reglamento para la Concesión del Plan de Facilidades de Pago – Versión 2. Resolución de Directorio No. 01-117-24, de 19 de diciembre de 2024.

La Aduana actualizó los requisitos, formalidades y plazos para la concesión de Facilidades de Pago, incrementando la cuota inicial mínima al 20% para deudas por contrabando, reduciendo el plazo máximo de cuotas de 60 a 30 meses, y brindando beneficios específicos para operadores OEA, como una reducción del 50% en garantías y flexibilidad para mantener su estatus pese a deudas sujetas a planes aprobados.

6.3. Reglamento para el Régimen de Importación para el Consumo. Resolución de Directorio No. 01-119-24, de 19 de diciembre de 2024.

La Aduana actualizó las formalidades aduaneras mediante el uso del SUMA, estableciendo procedimientos claros para la elaboración, modificación y anulación de la Declaración de Adquisición de Mercancías (DAM) y la Declaración de Mercancías de Importación (DIM), incluyendo regulaciones sobre endoso electrónico de documentos, mercancías prohibidas (como bienes con origen falso y protegidos por derechos de autor), plazos según modalidades de transporte, despacho en frontera para mercancías especiales y estados de la DIM. También dispone garantías durante impugnaciones, reintegro al régimen de mercancías en contrabando improbado y condiciones específicas para la anulación de declaraciones, priorizando la eficiencia y trazabilidad electrónica en el comercio exteriors.

III. MONITOR DE PERDONAZOS TRIBUTARIOS VIGENTES

Gobiernos Municipales

Las regularizaciones de adeudos tributarios (¨perdonazos tributarios¨) en la gestión fiscal y tributaria representan un mecanismo importante para reducir la mora tributaria, regularizar deudas fiscales y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Es por esta razón que desde PPO Abogados monitoreamos los perdonazos vigentes a nivel central municipal vigentes

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