Boletín Informativo Septiembre 2025

El Boletín Tributario de PPO Indacochea, es un documento de periodicidad mensual, que recopila la normativa y las noticias más relevantes en materia de impuestos y aduanas de Bolivia, cuyo objeto es brindar a los clientes y amigos de PPO un panorama de actualidad en un formato interactivo y de lectura amigable.

I. NOVEDADES TRIBUTARIAS

1. Gobierno Central

1.1. Anteproyecto de Ley para agilizar los procesos contenciosos y contencioso administrativos (aprobado en gabinete de ministros el 20 de agosto de 2025)

El Anteproyecto de Ley tiene por objeto modernizar y agilizar los procesos contenciosos y contencioso administrativos en Bolivia, otorgándoles rango legal a los procedimientos actualmente regulados por instructivos. La propuesta establece plazos y procedimientos claros para garantizar seguridad jurídica, sustituye instructivos del Tribunal Supremo de Justicia por normativa con fuerza de ley, refuerza el derecho de apelación y defensa en igualdad de condiciones, y busca reducir costos y carga administrativa para entidades públicas, contribuyentes y abogados.

1.2. Anteproyecto de Ley de creación del Impuesto Alternativo Manufacturero (IAM) (presentado el 1 de septiembre de 2025)

El Anteproyecto de Ley propone sustituir el IT y el IUE mediante la creación del Impuesto Alternativo Manufacturero (IAM), aplicable a micro y pequeñas unidades productivas del sector manufacturero que facturen hasta Bs 700.000 al año. La medida incluye OECAS y OECOM, prevé una alícuota progresiva del 1% al 5% en un plazo de cinco años, y mantiene las obligaciones del IVA con un régimen simplificado. Se busca incentivar la formalización y aliviar la carga administrativa, con expectativas de recaudación de Bs 15 millones en el primer año y hasta Bs 86 millones en el quinto, respaldado por Conamype como un impulso al crecimiento de la microempresa manufacturera.

2. Cámara de Senadores

2.1. Proyecto de aplicación escalonada de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado. PL 289-24 de 27 de agosto del 2025.

El Proyecto de Ley propone modificar el artículo 15 de la Ley No. 843, estableciendo una alícuota escalonada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para empresas de nueva creación con una exoneración total durante los dos primeros años, 4% en el tercero, 8% en el cuarto y 13% a partir del quinto año, excluyendo a aquellas que realicen actividades sujetas al Impuesto a los Consumos Específicos (ICE).

3. Servicio de Impuestos Nacionales

3.1. Prórroga para la presentación de la declaración jurada y pago del IUE para contribuyentes con cierre de gestión fiscal al 31 de marzo. Resolución Normativa de Directorio No. 102500000034, de 4 de agosto de 2025.

La RND amplía hasta el 18 de agosto el plazo para la presentación y pago de declaraciones juradas del IUE de empresas con cierre de gestión fiscal al 31 de marzo de 2025.

3.2. Prórroga para la presentación de declaraciones juradas y pago del IVA para Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y empresas petroleras con contratos de operación vigentes con YPFB. Resolución Normativa de Directorio Nº 102500000035, de 22 de agosto de 2025.

La RND amplía hasta el 29 de agosto el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas del IVA para YPFB y empresas petroleras con contratos de operación vigentes con YPFB.

4. Entidades Territoriales Autónomas

Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz
4.1. Ley de Perdonazo Tributario Departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz. Ley Departamental N° 377, de 8 de agosto de 2025.

El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz aprobó un régimen transitorio de regularización de deudas tributarias departamentales. La norma condona el 100% de los intereses y las multas generados por mora e incumplimiento, siempre que el contribuyente pague al contado sus adeudos por impuestos y tasas departamentales. El beneficio estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2025.

Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (GAMSC)
4.2. Ley transitoria de beneficios tributarios municipales de inmuebles, vehículos y actividades económicas (Perdonazo tributario). Ley Autonómica Municipal GAMSCS N° 1794, de 19 de agosto de 2025.

El Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra promulgó un régimen de beneficios tributarios aplicable a inmuebles, vehículos y actividades económicas. La norma otorga descuentos del 50% al tributo omitido correspondiente a gestiones 1995–2014 y del 20% a las gestiones 2015–2023, además de la condonación del 100% de intereses y multas. El beneficio estará disponible hasta el 21 de noviembre de 2025.

Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
4.3. Reglamento a la Ley Municipal No. 1655/2025 de Ferias Francas. Decreto Municipal 476/2025, de 5 de agosto del 2025.

El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba reglamentó la Ley Municipal N° 1655/2025 de Ferias Francas. La norma regula la autorización y funcionamiento de estas ferias, prohíbe su instalación en vías estructurantes, exige una distancia mínima de diez cuadras entre ferias y establece la obligación de presentar una declaración jurada virtual. Además, habilita el cobro de una patente temporal con incentivos de pronto pago y de apoyo a la producción nacional.

II. NOVEDADES ADUANERAS

5. Aduana Nacional

5.1. Instrucciones referentes al Registro de Pesaje en las Balanzas Camioneras habilitadas por la Aduana Nacional. Minuta de Instrucción AN/PE/MI/2025/0108, de 31 de julio de 2025

La Minuta de Instrucción establece lineamientos para el registro del pesaje en las balanzas camioneras habilitadas por la Aduana Nacional, determinando que el personal de los concesionarios de recintos aduaneros o de la Administración Aduanera debe capturar y transmitir automáticamente el peso al SUMA. Además, dispone que las Administraciones Aduaneras son responsables del mantenimiento y calibración periódica de las balanzas para asegurar su correcto funcionamiento.

5.2. Nuevo Reglamento para Ferias Internacionales. Resolución de Directorio No. RD 01-057-25, de 12 de agosto de 2025.

La Aduana Nacional mantiene el régimen de admisión temporal con suspensión de tributos aduaneros y actualiza los requisitos aplicables a organizadores y expositores de ferias internacionales. El Reglamento amplía de 48 horas a cinco días hábiles el plazo de revisión de garantías, incorpora la Póliza de Garantía de Cumplimiento de Obligaciones Aduaneras y ratifica los plazos de habilitación de depósitos aduaneros feriales, los cuales pueden solicitarse hasta treinta días antes y treinta días después del evento.

III. NOVEDADES INTERNACIONALES

6. Comunidad Andina de Naciones (CAN)

6.1. Actualización del apéndice del anexo de la Resolución 1684. Resolución No. 2512 de 18 de agosto del 2025.

La Resolución actualiza el apéndice del Anexo de la Resolución 1684 sobre valor en aduana, aclarando cómo incluir cánones y derechos de licencia, aceptando precios reducidos en “ventas flash” y mercancías con marca del comprador, definiendo gastos accesorios, regulando transacciones en criptomonedas y pagos incumplidos, flexibilizando la valoración de mercancías similares y considerando estudios de precios de transferencia.

6.2. Implementación del intercambio electrónico de datos de la Declaración Andina del Valor entre las administraciones aduaneras de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Resolución No. 2513 de 18 de agosto del 2025.

La Resolución aprueba la implementación del intercambio electrónico de la Declaración Andina del Valor entre las aduanas de los países miembros de la CAN, definiendo los datos obligatorios y opcionales, el momento de envío tras el levante de mercancías, y el uso de la información para control, verificación y facilitación del comercio, garantizando confidencialidad. La Resolución establece plazos de implementación tecnológica, y dispone formalidades para que los datos sean encriptados y almacenados.

7. Organización de las Naciones Unidas (ONU)

7.1. Convención Marco de la ONU sobre Cooperación Internacional

La Asamblea General de la ONU avanza en la negociación de una Convención Marco para gravar ingresos transfronterizos en la economía digital. Durante las dos primeras sesiones en Nueva York (4–8 y 11–15 de agosto), se discutió la asignación de derechos de imposición, con posturas divergentes: países desarrollados priorizan eficiencia y simplicidad, mientras que los países en desarrollo reclaman gravar servicios digitales donde se genera valor. También se abordó la gobernanza, con África y CARICOM defendiendo un órgano permanente frente a la postura flexible de la UE.

En los protocolos se debatió la tributación de servicios transfronterizos y los mecanismos de resolución de disputas. Los países del Sur promovieron criterios de presencia económica significativa y tributación bruta, en contraste con la insistencia del Norte en presencia física y tributación neta. Asimismo, África y otros países en desarrollo rechazaron el arbitraje obligatorio, proponiendo alternativas como mediación y auditorías conjuntas. La tercera ronda está prevista en Nairobi (10–21 de noviembre de 2025).

IV. PROGRAMAS DE GOBIERNO – ELECCIONES GENERALES 2025

Con miras a la segunda vuelta electoral del 19 de octubre de 2025, PPO Indacochea presenta las propuestas tributarias y sectoriales de ambos candidatos a la presidencia.

 

V. MONITOR DE PERDONAZOS TRIBUTARIOS VIGENTES

Gobiernos Municipales

Las regularizaciones de adeudos tributarios (¨perdonazos tributarios¨) en la gestión fiscal y tributaria representan un mecanismo importante para reducir la mora tributaria, regularizar deudas fiscales y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Es por esta razón que desde PPO Indacochea monitoreamos los perdonazos vigentes a nivel departamental y municipal.

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